Foto: Hacienda Magüeyes (al lado de Walmart)
En 1880 la Intendencia general de Hacienda de Puerto Rico, acordó que el Ayuntamiento de Santa Isabel procediese a cobrar los impuestos que adeudaban los cultivadores de algodón de este pueblo. La deuda cubría los años de 1868 a 1869 y 1873 a 1874 . La resolución fue comunicada a la alcaldía de Santa Isabel y a la administración local de Ponce el 13 de Septiembre de 1880 y recordada el 26 de Mayo y el 20 de Septiembre de 1882.
El algodón en Santa Isabel
El algodón se cultivaba en Santa Isabel en esa época. En la exposición Universal de 1867 en España cinco agricultores de Santa Isabel exhibieron muestras de algodón en rama en la clase 43 de productos agrícolas de fácil conservación. Estos fueron Manuel Bernal, José Cabrera, E. Senovil Canevaro, Luis Ciachini y José Usera que vivía en Coamo donde era el dueño del Hotel Baños de Coamo, pero muchas de sus propiedades se localizaban en la frontera entre Santa Isabel y Coamo.
Llevan pleito por el impuesto
El 13 de Octubre de 1883 Don José Usera y Don Vicente Colón, cultivadores de algodón de Santa Isabel acudieron a la Intendencia General de Hacienda de Puerto Rico, solicitando la revocación del acuerdo para el pago de impuestos por el cultivo del algodón.
De acuerdo al artículo 2G del Real decreto de 4 de Junio de 1861, cualquier persona que se consideraba agraviada en sus derechos por alguna resolución del Gobernador Superior Civil o por las Autoridades Superiores administrativas podía reclamar por la vía contenciosa. Eso fue lo que hicieron estos agricultores.
Los afectados interpusieron y ganaron una demanda ante el Consejo contencioso administrativo de la isla solicitando que se les declarara exentos del pago de contribución como cultivadores de algodón y que se revocaran todas las resoluciones dictadas por la Intendencia sobre este asunto.
El 18 de Enero de 1886 el tribunal dictó sentencia en primera instancia y dictaminó revocar los acuerdos del 8 de Septiembre de 1880 y del 22 de Octubre de 1883. Se declaró no haber lugar al cobro de la cantidad de 687 pesos 22 centavos satisfecha por la sucesión de Don José Usera como cultivador de algodón por los años de 1868 a 1874. Resolvieron devolverle estos montos a dicha sucesión.
El 26 de Abril de 1889 declararon nulo el acuerdo del Intendente general de Hacienda de Puerto Rico del 8 de Septiembre de 1880 relativo al pago de contribución por el cultivo de algodón.
Fuentes:
La Gaceta , 24 de Julio de 1890
Jurisprudencia administrativa, Volumen 42, Tribunal Supremo de España, Consejo de estado